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¿Qué pasa con Bazán?

Written By Unknown on lunes, 23 de abril de 2012 | 7:30

















AGUJERO NEGRO



¿Qué pasa con Bazán?

Por: Arturo Moreno Carrera

Tenía la idea de avanzar sobre el tema “Emapa Huaral ¿Botín?” cuya primera entrega pueden leer en http://www.huaralaldia.com/2012/04/emapa-huaral-botin.html, pero resulta que el jueves 12 de abril un ciudadano solicitó la suspensión del alcalde provincial en ejercicio, Víctor Bazán Rodríguez, y cambió todo el panorama. Obviamente, presentar la propuesta es una cosa y que el Concejo la apruebe es otra. En seguida veremos por qué.

En un paréntesis, para no descuidar el asunto de Emapa, debemos señalar que ante la presunta falsificación o irregular trámite de legalización de un nuevo “Libro de Actas de la Junta General de Accionistas” signado con el N° 5, el gerente general Fernando Vílchez presentó denuncia contra Bazán, José Freddy AtuncarIrribari y quienes resulten responsables. Por ese lado parece que la noche se le viene negra al reemplazante de Uribe Ochoa.

La insistencia torpe de pretender tomar esa empresa y dirigirla mediante sus allegados, ha llevado al titular edil a cometer graves errores. Pero en el asunto también está involucrado el alcalde de Aucallama, César Balcázar Labrín, como representante de su comuna en la Junta de Accionistas. Parece, por cierto, que su intervención es incisiva. Fui informado que quien presentó la inscripción del libro de marras ante Registros Públicos es David Alarcón, personero de La Familia en las elecciones ediles del 2010 y, además, firmemente ligado a Balcázar. Esto tiene para rato, peor aun cuando Bazán evita convocar la sesión extraordinaria solicitada por varios regidores para reconsiderar el acuerdo adoptado para la designación de Abilio Arturo Paredes Dávila como representante de la MPH en el directorio de Emapa.

Pasemos al tema vital. Comoseñalé al inicio, un ciudadano presentó un pedido de suspensión contra Bazán. El documento esgrime ocho razones.¿Quién a hierro mata, a hierro muere? Puede ser, si prospera en los regidores para votar favor. Pero este asunto tiene su procedimiento. Y debe darse las causales que la ley prevé. La demanda es por 30 días naturales. Toma como base legal la Ley Orgánica de Municipalidades (N° 27972) y el Reglamento Interno del Concejo (RIC) que fuera aprobado en el 2005 como instrumento para “tumbar” a Uribe. En ese momento el hoy alcalde suspendido tenía a 8 regidores en su contra. Todos los que entraron con él, en la lista de David Perea, se le voltearon. Y llovieron pedidos de suspensión y de vacancia.Malsustentados, mal documentados. Logró terminar su gestión en el 2006.

La LOM –Art. N° 25 – señala que para suspender a un alcalde o regidor debe tomarse los siguientes casos: 1) Por incapacidad física o mental temporal; 2) por licencia autorizada… …máximo 30 días; 3) por el tiempo que dure el mandato de detención; 4) por sanción impuesta por falta grave de acuerdo al RIC; y 5) por sentencia judicial condenatoria en segunda instancia.Resalto el punto cuarto porque hay que observar con detenimiento esa frase.

En tanto, el RIC en su título VI “Faltas Graves”, artículo N° 64, considera seis ítems. De acuerdo al pedido del ciudadano contra Bazán, podría (ojo, digo podría) aplicarse el inciso b) Interrumpir abruptamente el normal desarrollo de las sesiones de concejo, de manera directa o por intermedio de terceros; o tal vez el inciso f) Incumplir con los deberes funcionales, atribuciones y obligaciones estipulados en la LOM, normas vigentes y en el presente reglamento.

De las ocho razones ofrecidas por Pedro Jacinto Mendoza Arellano, así se llama el peticionario, la que más se acerca  es la N° 8 donde destaca que Bazán levantó abruptamente la sesión extraordinaria del 4 de abril presente sin someter a votación. ¿Bazán cometió una falta grave con esa acción? Sí. Está clarísimo. Si nos atenemos al RIC, no hay vuelta que dar.Las otras siete se pueden circunscribir con el inciso f del RIC. Es menester de abogados esa parte. Yo simplemente soy un periodista.

Pero si hay que hacer notar algo, amigos lectores: para que se cumpla lo estipulado en el inciso 4 del artículo 25 de la LOM, Bazán debería haber sido (o debe ser) s-a-n-c-i-o-n-a-d-o. Que se sepa a la fecha, ningún regidor ha solicitado sanción contra el transitorio por los actos del 4 de abril. Para sancionar se requiere el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de miembros del concejo. Es decir, se necesita ocho votos. ¿Se podrá suspender a Bazán si no está sancionado? La pregunta seguro creará polémica. Eso también es asunto de abogados. Y alguito más: el RIC “vigente” no fue publicado en El Peruano (Art. N° 44 de la LOM) sólo en Ecos de Huacho. ¿Tendrá validez? Huyuyuy.


Ahora bien, ¿qué pasa con el alcalde reemplazante? Está en mil problemas y muchas denuncias. Argumentan sus detractores que hay indicios de corrupción. Resaltan ese asunto del fallido contrato de asesor legal por más de 800 mil nuevos soles para un caso a estas alturas innecesario. Ahora sale una licitación presuntamente sobrevaluada en compra de vehículos para serenazgo, limpieza pública, entre otros. El tema del Vaso de Leche lo agobia. Creo que a Bazán le han dado gato por liebre en sus funcionarios de confianza. Y el pato lo va a pagar él.  Cuando el barco tambalea hacia la deriva, un buen capitán domina con firmeza el timón para recuperar la navegación. El mando no puede dejar que el barco se hunda porque de inmediato las ratas huirán y él se quedará sólo. ¿Será Bazán un capitán resuelto o es que el cargo le quedó muy grande?
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